La Real Sociedad Canina de España destierra
todos los falsos mitos sobre la nueva Ley de Bienestar Animal
Cuando se cumple un mes de su entrada en vigor, la RSCE lanza una campaña
informativa para aclarar las dudas más comunes sobre seguros, cursos obligatorios y
posibles sanciones…
Madrid, 29 de octubre de de 2023.- La Real Sociedad Canina de España (RSCE) ha puesto
en marcha una campaña informativa y pedagógica para desterrar falsos mitos y dar
respuestas a la ciudadanía, ante la inquietud social generada tras la entrada en vigor de la
nueva Ley de Protección y Bienestar Animal hace ahora un mes. El objetivo de esta iniciativa
es disipar dudas y ayudar a que los hogares con perros estén plenamente informados sobre
sus derechos y responsabilidades según la nueva legislación.
¿Tengo que hacer un curso para tener perro?
Únicamente los futuros propietarios de perros deberán realizar un curso de tenencia
responsable.
¿Tengo que pagar por él?
Este curso será gratuito y preferiblemente online. La ley, a falta de desarrollo reglamentario,
no concreta aún los pormenores de estos cursos. Pero sí deja claro que la administración
pondrá facilidades para hacerlo online o presencial, y que una vez el propietario tenga este
curso, tendrá validez indefinida.
¿Tengo que contratar un seguro de responsabilidad civil específico para el perro?
Por el momento, no es obligatorio, salvo en las comunidades autónomas donde la normativa
lo recoge a fecha de hoy: País Vasco y Madrid. En el resto de España, solo es obligatorio el
seguro para aquellos dueños de perros potencialmente peligrosos (PPP). Una categoría, por
cierto, que la ley sigue manteniendo, aunque cambia la denominación por ‘perros de manejo
especial’, buscando eliminar el estigma sobre dichas razas.
¿Tengo que contratar varios seguros si tengo más de un perro?
Se trata de un seguro por propietario, no por perro. Esta es una de las principales dudas que
nos están planteando los ciudadanos. Es el propietario quien responde ante cualquier daño
que puedan ocasionar sus perros. Este tipo de accidentes son más habituales de lo que
pensamos en la vida cotidiana, por ejemplo, una correa que se enrolla entre las piernas de
un paseante y provoca una caída, etc.
¿Lo incluye mi seguro de hogar?
Desde la RSCE recomendamos revisar las pólizas del hogar, ya que normalmente queda
incluido un seguro de responsabilidad civil y, en la mayoría de los casos, con cobertura
suficiente. Además, aconsejamos estar atentos ante la picaresca de ciertas aseguradoras
que tratan de vender pólizas innecesarias.
¿Cuántos perros se pueden tener en un solo domicilio?
Por primera vez en España, la Ley de Bienestar Animal reconoce la figura del criador en
domicilio. Actualmente, la normativa -tanto la autonómica como la fiscal- no contempla a estos
criadores, ni la venta responsable. Este punto de la Ley está pendiente de la redacción de su
Reglamento. En él se determinarán, el número de ejemplares que se podrán tener en los
domicilios.
¿Podré dejar a mi perro atado en la puerta del supermercado?
Esta es una de las preguntas estrella sobre la Ley de Bienestar Animal. Desde la RSCE, la
respuesta es que, ante todo, debe imperar el sentido común. Pero el texto legal es claro:
Dejar perros u otras mascotas atadas en la puerta de un establecimiento se considerará
infracción leve y conlleva multa. Consideramos que lo ideal sería que se permitiera su acceso
en los comercios y seguiremos trabajando para defender este objetivo.
¿Y pueden acceder los perros a espacios públicos?
Uno de los propósitos de la Ley de Bienestar Animal es normalizar el acceso de perros el
acceso de los animales en las vías y transportes públicos, especialmente en aquellas
instalaciones que pertenezcan a la administración. Pero esto queda supeditado a otras
ordenanzas o normativas específicas de cada lugar.
¿Puedo dejar solo en casa a mi perro?
La Ley establece que los perros no pueden estar solos más de 24 horas para garantizar su
bienestar.
¿Y atado en la calle un momento mientras compro el pan?
Tampoco se pueden dejar perros atados en la vía pública sin ninguna supervisión.
¿Hay novedades en la esterilización de perros?
No habrá esterilización obligatoria para los perros, con la única excepción de aquellos que
procedan de protectoras o cualquier otro medio en el canal de adopción.
La Real Sociedad Canina de España (RSCE) es la voz del perro en nuestro país desde hace más de cien años.
Y es la única sociedad canina en España reconocida por la Fédération Cynologique Internationale. Desde 1911,
la RSCE vela por el bienestar y conservación del animal más preciado para el hombre y vuelca su trabajo en
garantizar que las razas caninas, un patrimonio antropológico, cultural e histórico, sigan cumpliendo la
imprescindible labor que hacen en nuestra sociedad desde siempre como animales de compañía, de salvamento,
de protección, de prevención o de guía, entre otras funciones.
En junio de 2022, la RSCE celebró en Madrid la
Exposición Mundial Canina (World Dog Show), en colaboración con IFEMA, el evento canino más relevante a nivel
internacional y que reunió a más de 16.500 perros en la capital de España, para promover el papel esencial que
tienen los perros de raza y la necesidad de conservar su legado.
RSCE, Gabinete de comunicación
Julieta Bernaldo de Quirós
comunicacion@rsce.es
Ion, Imagen y Comunicación
Carolina Morales/Daniel Rodríguez
carolina@ioncomunicacion.es
daniel@ioncomunicacion.es
Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
Entrará en vigor el Próximo 29 de Septiembre de 2023
1. La finalidad de esta ley es definir el marco normativo que permita alcanzar la máxima protección de los derechos y el bienestar de los animales, incluidos en su ámbito de aplicación.
2. Las acciones encaminadas a lograr dicha finalidad serán:
a) Promover la tenencia y convivencia responsable.
b) Fomentar entre la ciudadanía la protección de los derechos y el bienestar de los animales.
c) Luchar contra el maltrato y el abandono.
d) Impulsar la adopción y el acogimiento.
e) Desarrollar actividades formativas, divulgativas e informativas en materia de protección animal.
f) Promover campañas de identificación, vacunación, esterilización, cría y venta responsable.
g) Impulsar acciones administrativas de fomento de la protección animal.
h) Establecer un marco de obligaciones, tanto para las administraciones públicas como para la ciudadanía, en materia de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
Permalink ELI: https://www.boe.es/eli/es/l/2023/03/28/7
Autoría
- Álvaro Olivares Moreno
Profesor Titular de Etología, Bienestar y Producción Animal. Facultad de Veterinaria., Universidad Complutense de Madrid
Cláusula de Divulgación
Álvaro Olivares Moreno no recibe salario, ni ejerce labores de consultoría, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado.
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“Herido grave un bebé de 14 meses tras morderle en la cabeza un perro de raza potencialmente peligrosa”, titulaba un periódico de España hace algunas semanas. La información es impactante, y nos hace reflexionar sobre si existe una relación real entre raza y la aparición de conductas violentas en los perros.
La agresividad es el problema de comportamiento canino más importante en cuanto a frecuencia y consecuencias. Aunque sólo un pequeño porcentaje de los ataques de perros a personas acaban con un resultado fatal, las consecuencias de las heridas, los gastos de tratamiento y el impacto sobre la opinión pública hacen que estos sucesos se consideren un problema de salud pública relevante.
Por otro lado, es el problema de conducta que deriva con mayor frecuencia en el abandono del animal, con las implicaciones éticas que conlleva.
Pequeños pero agresivos
A la hora de estudiar el nivel de agresividad en función de la raza se han utilizado principalmente cuatro enfoques: el análisis de las estadísticas de agresiones a humanos, los casos comunicados por clínicas de comportamiento, las opiniones de expertos –como veterinarios y educadores caninos– y los resultados de test de conducta.
No consuma noticias, entiéndalas.
El principal inconveniente de estos métodos tradicionales es que muchos de los casos declarados corresponden a las razas más grandes, debido a la gravedad de las lesiones que provocan. No es comparable la mordedura de un perro chihuahua con la de un American Staffordshire Terrier.
Esto hace que se subestime la agresividad en los ejemplares de menor tamaño. Precisamente, un trabajo publicado en la revista Nature, realizado por investigadores de la Universidad de Helsinki, puso de manifiesto que los individuos de razas pequeñas presentan más problemas de conductas violentas que los de mayores dimensiones.
Todos tenemos en nuestra cabeza la imagen: un perrito se encara a un congénere mucho más grande, con el consiguiente escándalo, mientras el dueño del segundo intenta apaciguarle para evitar el enfrentamiento.
Según la investigación mencionada, la explicación residiría en que los ejemplares de razas pequeñas suelen recibir un trato distinto: acuden menos al educador canino, son sobreprotegidos por sus propietarios y acostumbran a ser más miedosos. Por tanto, es el ambiente, a través del aprendizaje, lo que moldea su conducta. Pero, realmente, ¿cuál es el peso de la genética y del entorno en el comportamiento canino?
Sólo el 9 % de la variación del comportamiento se explica por la raza
Un estudio publicado el pasado mes de abril en la revista Science concluyó que, si bien la mayoría de los rasgos de la conducta son hereditarios (heredabilidad superior al 25 %), la raza posee un escaso valor predictivo para el comportamiento. Solo explica el 9 % de su variación.
Tras secuenciar el ADN de más de 2 000 ejemplares, los investigadores han observado que ciertos genes favorecen la aparición de determinados comportamientos, pero la selección genética ha sido muy anterior, evolutivamente hablando, a la aparición de las razas actuales.
Así, los expertos han encontrado en el genoma canino 11 regiones claramente asociadas con la conducta –frecuencia de aullidos, socialización con los humanos…– y otras 136 sugerentes, mientras que las áreas del ADN asociadas a la estética del animal (capa, morfología externa, etc.) son claramente diferentes entre razas como consecuencia de la selección artificial.
Los autores proponen que los comportamientos percibidos como característicos de los perros se derivan de miles de años de adaptación. Esto significa que las razas modernas se diferencian fundamentalmente por rasgos estéticos, no de conducta.
Ante estos hallazgos objetivos, fundamentados en técnicas genómicas, ¿tiene cabida una ley de perros potencialmente peligrosos que excluya a los animales en función de su raza?
La nueva legislación promueve la tenencia responsable
El problema de la violencia canina afecta también a la esfera política, y varios países del mundo han regulado la tenencia de perros con el fin de limitar y prevenir los episodios de agresiones.
En este sentido, se han desarrollado dos tipos de normativas. La primera modalidad, denominada legislación específica de raza, suele prohibir la cría y la posesión de determinadas razas o tipos de perros categorizados como “peligrosos” o “agresivos”. Por su parte, la legislación no específica de raza incluye medidas reguladoras para promover la tenencia responsable, independientemente de la raza.
En España, por ejemplo, se vive un momento de transición. Todavía sigue vigente el Real Decreto 287/2002, que establece un listado de perros potencialmente peligrosos. La ley marca los requisitos para obtener las licencias que permiten ser dueño de uno de estos animales, así como fijar unas medidas mínimas de seguridad.
Sin embargo, la aprobación del anteproyecto de Ley de protección animal y derecho de los animales el pasado 18 de febrero abrió un nuevo horizonte. La nueva normativa elimina claramente la alusión a razas potencialmente peligrosas y se centra fundamentalmente en la tenencia responsable y la importancia de la formación en materia de educación canina.
Podemos concluir que, más que razas potencialmente peligrosas, existen ambientes potencialmente peligrosos que condicionan la conducta de los perros. El propietario no sólo debe conocer las necesidades físicas del animal, sino también las emocionales.
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